Sobre el Régimen Simplificado de Tributación (RST)

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Sobre el Régimen Simplificado de Tributación (RST)

Businesswoman working in office

A raíz de la promulgación del nuevo Régimen Simplificado de Tributación, han surgido muchas preguntas acerca de cómo funciona este nuevo procedimiento, principalmente en los micro y pequeños empresarios y profesionales liberales, ya que este reglamento está diseñado específicamente para ese sector.

Debido a que aún existen muchas lagunas sobre este tema, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha empezado a impartir charlas y talleres de forma gratuita en todo el país. En mi caso particular tuve la oportunidad de participar en unos de los talleres impartido por la DGII, donde aclare todas mis interrogantes referente a este nuevo régimen simplificado de tributación.

Que es el Régimen Simplificado de Tributación?

El Régimen Simplificado de Tributación (RST), e​s un régimen simplificado para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, ya sean estas personas jurídicas o físic​​​as que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto No. 265-19 con relación a su actividad eco​nómica, su nivel de ingresos y sus volúmenes de compras.

Este régimen servirá para la determinación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), basado en sus ingresos brutos o en sus compras.

Modalidades de Inscripción al RST

Modalidad RST de Ingresos: en esta modalidad pueden aplicar las Personas Jurídicas con actividades económicas de servicios y producción de bienes, Personas Físicas con ingresos provenientes de servicios profesionales u oficios independientes y personas físicas o jurídicas del sector agropecuario, cuyos ingresos brutos anuales no superen los ocho millones setecientos mil pesos (RD$8,700,000.00). ​​

Modalidad RST de Compras: en esta modalidad pueden aplicar las Personas Físicas o Jurídicas residentes en el país dedicadas a actividades de comercio  de bienes,​ c​uyas compras e importaciones totales no superen los cuarenta millones de pesos (RD$40,000,000.00). 

Principales ventajas del RST

  1. No tienen que enviar sus compras y ventas mensuales a través de los formatos de envío de datos (606, 607, 608, entre otros) establecidos por Impuestos Internos.
  2. No tienen que pagar anticipos del Impuesto Sobre la Renta (ISR)
  3. No tienen que pagar el impuesto a los Activos, siempre que los mismos estén relacionados con su actividad económica.
  4. Disponen de acuerdo de pago automático para el pago de sus impuestos
  5. Formularios de declaración anual simplificada para ITBIS e ISR

Obligaciones del contribuyente acogido al RST

El contribuyente perteneciente al RST se encuentra obligado a:

  • Emitir facturas con Número de Comprobante Fiscal (NCF).
  • Requerir facturas con valor fiscal a sus proveedores.
  • Mantener a disposición de la DGII la información que lo acredita como acogido al RST.
  • Mantener los documentos que justifiquen el cálculo de los impuestos debidos y el cumplimiento de las obligaciones principales y accesorias.

Fecha límite para inscribirse al RST

Los Contribuyentes que deseen inscribirse en el RST pueden hacer la solicitud a más tardar 60 días antes del último día laborable de febrero.

Requisitos para acogerse al RST

  1. Tener actualizados, a la fecha de presentación de la solicitud, sus datos en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
  2. Si es un nuevo contribuyente, deberá realizar su incorporación en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y luego optar por acogerse al RST.
  3. Tener como cierre fiscal el 31 de diciembre.
  4. Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, al momento de la solicitud.
  5. No encontrarse en proceso de fiscalización externa. 
  6. Ser residente en el país.
  7. Que no sea beneficiada por leyes de incentivo fiscal, si es Persona jurídica.
  8. Que en la composición accionaria o de socios no exista al menos uno que sea residente en el exterior.
  9. No tener como socio o accionista a otra Persona Jurídica.
  10. No ser socio o accionista a otra Persona Jurídica.
  11. No tener registrado inmuebles que no pertenezcan a su actividad comercial, si es Persona jurídica.

Determinación del pago de Impuestos

RST por Ingresos para Personas Físicas

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) se calculara al aplicar la tasa correspondiente a la Renta Neta Imponible que resulte de reducir los ingresos gravados un cuarenta por ciento (40%), menos la exención contributiva anual.

RST por Ingresos para Personas Juridicas

La Cantidad a pagar a Persona Jurídica que opta por el RST se determinara mediante la aplicación de una tasa de siete por ciento (7%) sobre los ingresos declarados anualmente.

RST por Ingresos para el sector Agropecuario

El impuesto a pagar por las personas físicas o jurídicas que pertenezca al sector agropecuario se determinara mediante la aplicación de la tasa efectiva de tributación (TET) promedio anual que aplique el sector. Dicha tasa será aplicada a los ingresos brutos anuales declarados.

RST basado en Compras

La cantidad a pagar se determinara mediante la aplicación del porcentaje de margen bruto de comercialización, según la Norma General 07-14. Dicho porcentaje se aplicara a las compras para determinar los ingresos brutos anuales. El margen de la comercialización determinado corresponderá al ingreso neto, sobre el cual se aplicara la tasa general del Impuesto Sobre la Renta de persona física o jurídica, según aplique.

En conclusión, este nuevo régimen simplificado de tributación es un gran alivio para muchos de los pequeños contribuyentes, ya que no tendrán que pagar el tedioso anticipo del que tanto se han quejado desde hace muchos años, además de que ya no tendrán que enviar mensualmente a la Dirección General de Impuestos Internos los formularios 606 y 607 con los reportes de los gastos e ingresos que tuvieron en el trascurso del mes.

Fuente: DGII

12 Comments

  1. Anabel Ruiz dice:

    Después de leer el artículo entiendo que, el Régimen Simplificado de Tributación es un nuevo procedimiento adoptado por la DGII que les permite a los micro y medianos empresarios formalizar su negocio de una manera más simple. El nuevo régimen está diseñado no para aumentar la contribución del contribuyente, sino para que estos se integren al sistema de formalización que tiene la DGII.
    Los contribuyentes que se integren a este régimen no tendrán la necesidad de enviar cada mes el informe de sus transacciones llámese compras y ventas, no pagarán anticipos de ISR, entre otros.

  2. Tianny Herrera dice:

    Muy interesante, para nosotros los contadores debe de ser de sumo interés leer sobre este régimen y sus modalidades. Ya que la DGII se mantiene en constante actualizaciones.

  3. Yoel Paulino Rodríguez dice:

    Excelente

  4. Sergio Ramirez dice:

    Lo veo muy bien ya que de esta manera se simplifica la tarea de realizar la tributación de los impuestos, presentando los formularios de manera anual.

  5. Patricia dice:

    Hasta lo que pude leer la simplificación tributaria se entiende..

  6. Hector Santana dice:

    Muy buen artículo Licenciado, gracias!

  7. Ivette irrizarri dice:

    Eso esta bien porque se le simplifica la vida

  8. Vanessa arredondo dice:

    Por un lado tiene sus ventajas pero por otro no

  9. Risher Guerrero dice:

    Muy interesante, gracias por la información.

  10. Estoy totalmente deacuerdo con esta nueva ley.

  11. Rosa maria dice:

    Excelente

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